La Ley N° 18.381 establece en el artículo 16 que toda resolución sobre una petición de información ha de emanar del jerarca máximo del organismo. En la Udelar el Consejo Directivo Central (CDC) delegó estas resoluciones en el Consejo Delegado de Gestión Administrativa y Presupuestal (CDGAP), tal como lo establece la Ordenanza de Delegación de Atribuciones en el CDGAP, artículo. 1°, numeral V, Derecho de Acceso a la Información Pública.
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